Traducción jurada de documentos para casarse en España
Cuando una persona aporta documentos extranjeros para contraer matrimonio en España, la autoridad que tramite el expediente puede requerir traducción jurada. La documentación varía según nacionalidad, residencia, matrimonios anteriores y si el expediente se tramita ante Registro Civil, notario u otra autoridad competente.
Situaciones que cambian la documentación
- Uno o ambos contrayentes son extranjeros
- Existió un matrimonio anterior
- Hay divorcio, nulidad o viudedad
- Se acredita capacidad matrimonial mediante documento extranjero
- Los documentos proceden de distintos países
- El expediente se tramita ante una autoridad concreta
Documentos que pueden solicitarse
- Identificación y certificado de nacimiento
- Prueba de estado civil o capacidad matrimonial
- Certificado de matrimonio anterior, cuando proceda
- Sentencia de divorcio y prueba de firmeza, cuando proceda
- Certificado de defunción del cónyuge anterior, cuando proceda
- Otros documentos indicados por la autoridad que tramite el expediente
Preguntas frecuentes
¿Qué documentos extranjeros necesito para casarme?
La autoridad que tramite el expediente debe entregarle la lista aplicable a su situación. Suele depender del estado civil previo, país y tipo de documento.
¿Necesito antecedentes penales para casarme?
No aparece como requisito general universal. Podría solicitarse documentación adicional en situaciones concretas; confirme su expediente.
¿Un formulario multilingüe evita la traducción?
Puede facilitar la presentación de determinadas categorías de documentos públicos de la UE, pero la autoridad receptora debe confirmar si es suficiente.